Conoce aquí los bonos del Estado que se pagan en el mes de abril
Este mes, como todos los meses, los Adultos Mayores y los pertenecientes a otros rangos etarios pueden optar a bonos estatales. Aquí te contamos cuáles son.
Pensión Garantizada Universal
- Tener la edad ya mencionada
- No estar dentro del 10% más rico del país, según el Registro Social de Hogares
- Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos.
- Recibir una pensión menor a $1.158.355
Puedes revisar si eres beneficiario en el siguiente enlace.
Bono por Hijo
Tiene por fin aumentar la pensión de las mujeres por cada hija o hijo que haya nacido vivo o que haya sido adoptado. Para más información, visita este enlace.
Bono de Invierno
Este bono se entrega año a año y tiene como finalidad apalear los gastos de la temporada invernal. El valor del Bono Invierno 2024 es de $77.982, y es transferido a todas las personas de 65 años de edad o más que cuenten con estos requisitos.
- Contar con una pensión del Instituto de Previsión Social, Instituto de Seguridad Laboral, Dipreca o Capredena, o de mutualidades de empleadores.
- Ser beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
Puedes ver más detalles sobre este bono a continuación, en el siguiente enlace.
Bono Bodas de Oro
Este bono estatal beneficia a los cónyuges con 50 o más años de matrimonio y que cumplan con estos requisitos:
- Pertenecer al 80% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- No estar separados o divorciados.
- Convivir ambos en el mismo hogar.
- Acreditar residencia en Chile por un período de cuatro años, siendo los últimos cinco años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
El valor del bono actualmente es $425.360 y se entrega una sola vez en partes iguales entre los cónyuges ($212.680 para cada cónyuge vivo). Además, es importante señalar que debe ser solicitado por ambas partes.
Bono de Reconocimiento
Este beneficio se entrega desde el Estado a los trabajadores que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones al actual sistema de AFP. Sin embargo, el dinero se abonará en la cuenta al pensionar por vejez, invalidez o en causa de fallecimiento. Estos son algunos de los requisitos:
- Tener al menos doce cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1° de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.
- Si no cumplen el requisito anterior debe registrar, a lo menos una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1° de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.
Si cumples con los requisitos anteriores, en este enlace puedes ver cómo hacer el trámite.
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