Aumento de la incapacidad permanente total
Los pensionistas beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente total cobran de manera general un 55% de la base reguladora, pero la Seguridad Social incrementa esta cuantía un 20% hasta llegar al 75% de la base reguladora. Este incremento se da cuando la persona accede a la incapacidad permanente total cualificada para la que hay que reunir dos requisitos.
Dentro de las pensiones por incapacidad permanente existen cuatro tipos que son parcial, total, absoluta y de gran invalidez, la total es la que permite cobrar trabajar en otra profesión distinta a la habitual. Debido a que es posible trabajar, la Seguridad Social paga el 55% de la base reguladora y no el 100% como por ejemplo en la absoluta o la gran invalidez.
A pesar de que es posible compatibilizar la incapacidad permanente total con el ejercicio de una actividad laboral, e incluso con el cobro de una prestación o un subsidio por desempleo, reincorporarse al mercado laboral puede simplemente no llegar. Por esta razón, la Seguridad Social ofrece, en estos casos, la posibilidad de aumentar la base reguladora en un 20% para aquellos que enfrenten dificultades al intentar encontrar empleo.
Requisitos para aumentar la cuantía un 20% en la incapacidad permanente total
Para conseguir ese incremento del 20% en la incapacidad permanente total es necesario tener 55 años o más y que no se esté realizando ninguna actividad profesional, acreditando dificultades para encontrar trabajo debido a dicha incapacidad, tal y como recoge la web de la Seguridad Social. Este cambio del 55% al 75% de la base reguladora se le conoce como incapacidad permanente total cualificada.
En el caso de acceder a la incapacidad permanente cualificada y obtener ese 20%, si el beneficiario encontrara trabajo, deberá comunicarlo a la Seguridad Social para que esta le retire de manera temporal ese incremento del 20%, ya que no cumple con los requisitos.
En el caso de volver a quedarse sin empleo y por ende, volver a reunir las condiciones, podrá volver a solicitarlo y el organismo deberá de restaurarlo. En este caso, hay un plazo de tres meses, si se solicita a posteriori, solo podrá reclamar hasta los tres últimos meses.
Cómo se solicita este incremento
El grado de incapacidad permanente total con el incremento del 20% puede solicitarse de manera fácil a través de Internet, utilizando la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Para ello, habrá que rellenar el modelo de solicitud anexando copia de los documentos que se detallan en las instrucciones del mismo.
Para acceder a la solicitud necesitará contar con Certificado electrónico, Cl@ve pin, vía SMS o DNI electrónico. En caso de duda, también puede realizarse la gestión administrativa a través de los números de teléfono habilitados por la administración para ello: 901 166 565 y el 915 421 176, donde un gestor ayudará a la tramitación de la solicitud.
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