Agencia Uno
La mañana de este miércoles, el ministro de Economía, Nicolás Grau, se refirió a la decisión tomada por parte de la Comisión Antidistorsiones con respecto a la Compañía Siderúrgica Huachipato (CSH) la cual estableció un derecho de antidistorsiones provisional para las barras y bolas de acero.
Cabe recordar, que el pasado domingo la Siderúrgica Huachipato anunció el reinicio de sus operaciones tras haberlas mantenido suspendidas durante casi un mes. Esto, luego de que la Comisión Antidistorsiones decidió elevar las sobretasas a las importaciones del acero chino.
Concretamente, se establecieron las medidas provisionales del 24,9% para la importación de las barras de acero para la fabricación de bolas de molienda de diámetro inferior a cuatro pulgadas, originarias de China. En tanto, se decretó un 33,5% a las importaciones de bolas de acero para molienda convencionales.
“De aquí al 9 de septiembre tiene que haber una decisión definitiva”
En ese sentido, el ministro de Economía, Nicolás Grau, señaló que “la forma en la que funciona el procedimiento en la Comisión Antidistorsiones es el siguiente: hay una investigación que dura nueve meses que partió en diciembre y que termina en septiembre, diciembre del 2023 y termina en septiembre de este año”.
Bajo ese contexto, el secretario de Estado detalló que “la comisión tiene la facultad de tomar medidas provisorias”. Dichas medidas, se toman cuando “tiene evidencia y cuando existe un riesgo muy relevante que es urgente”, especificó.
“La comisión, en este caso, señaló que esas condiciones sí se cumplían y, por tanto tomó, estas medidas o recomendó estas medidas provisorias, que implican estos aranceles que han sido conocidos públicamente”, agregó el titular de la cartera de Economía.
En esa misma línea, el ministro Grau apuntó a que “ahora, tiene que continuar la investigación, de aquí al 9 de septiembre tiene que haber una decisión definitiva, y esa decisión definitiva puede durar un año. Ahora, es la comisión la que tendrá que evaluar los antecedentes que ya existen y los nuevos antecedentes que puedan surgir para efectos de tomar la decisión respecto a esa medida definitiva”.
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