Norma Piña y Artuto Zaldívar tienen una rencilla política | Óscar Ávila
Con la destitución de un servidor público y su inhabilitación hasta por 20 años puede concluir un procedimiento de juicio político, como el que el ministro en retiro Arturo Zaldívar y Morena prevén iniciar contra la presidenta de la Suprema Corte, Norma Piña, ante la Cámara de Diputados.
Sin embargo, para llegar a esas últimas consecuencias del proceso se requiere mayoría absoluta (la mitad más uno de los votos) en la Cámara de Diputados, erigida en órgano de acusación, y posteriormente mayoría calificada (dos terceras partes de la votación) en el Senado de la República, como Jurado de Sentencia.
Los grupos parlamentarios de Morena, PVEM y PT en la Cámara de Diputados suman 276 de 500 votos, suficientes para llevar adelante el juicio político, pero las bancadas de esos mismos partidos en el Senado de la República, más sus aliados del PES, alcanzan 72 votos, es decir 14 por debajo de los 86 necesarios para lograr dos tercios.
Con el respaldo del presidente nacional de Morena, Mario Delgado, Zaldívar anunció la presentación de la demanda de juicio político contra Piña por supuestas violaciones a derechos humanos, injerencia en los procesos electorales y la dolosa filtración del auto de admisión de una denuncia anónima interpuesta en su contra.
No obstante, de acuerdo con la Constitución Política y la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, el juicio político procede contra ministros de la Suprema Corte, consejeros de la Judicatura Federal, senadores y diputados, y secretarios de Estado, entre otros servidores públicos por las siguientes causas:
Ataque a las instituciones democráticas; ataque a la forma de gobierno republicano, representativo y federal; violaciones a los derechos humanos; ataque a la libertad de sufragio; usurpación de atribuciones; cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios graves a la federación o trastorne el funcionamiento de las instituciones; omisiones graves, así como violaciones sistemáticas a planes, programas y presupuestos de la administración pública.
Conforme al procedimiento previsto en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, un juicio político podrá iniciarse durante el tiempo en que el servidor público desempeñe su empleo, cargo o comisión, y dentro de un año posterior a la conclusión de sus funciones.
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