Uno de los temas que todas las personas deben considerar importante para cuando llegue el momento de jubilarse, es cuánto recibirán de pensión, así podrán darse una idea de si este dinero les alcanzará para todo lo que les resta de vida.
A continuación te decimos cuál sería tu pensión por vejez si ganas 25 mil pesos sin Modalidad 40 y estás bajo la Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Así que toma nota para que analices si esa cantidad te es útil o necesitas tomar alguna medida al respecto.
Foto: Calculadora IMSS
Ley 73 del IMSS: Cuál es mi pensión por vejez si gano $25,000 sin Modalidad 40
La buena noticia es que el IMSS cuenta con un simulador, por medio del cual puedes conocer el importe aproximado de tu pensión, con base en los datos que proporciones. Es importante que sepas que el resultado que arrojará no es vinculatorio al trámite de solicitud de pensión, ni tiene validez alguna, solamente es un simulador.
Tomando en cuenta que solicitas una pensión por vejez, ganas 25 mil pesos, el monto que recibirías de pensión dependiendo de tu edad es el siguiente:
- 60 años, 75% de pensión: recibirías $17,478 pesos mensuales.
- 61 años, 80% de pensión: recibirías $19,268 pesos mensuales.
- 62 años, 85% de pensión: recibirías $21,137 pesos mensuales.
- 63 años, 90% de pensión: recibirías $23,084 pesos mensuales.
- 64 años, 95% de pensión: recibirías $25,109 pesos mensuales.
- 65 años, 100% de pensión: recibirías $27,213 pesos mensuales.
Para hacer el ejercicio de simulación necesitas los siguientes datos:
- Año en el que iniciaste tu cotización a la Ley del Seguro Social.
- Años cumplidos.
- Semanas cotizadas bajo la Ley del Seguro Social.
- El promedio de tus salarios base de cotización de los últimos cinco años.
El cálculo es un estimado del importe de pensión considerando los supuestos de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997. Para obtener una pensión de cesantía en edad avanzada o vejez debes cumplir con lo siguiente:
- Tener 60 años cumplidos a la fecha de solicitud de pensión.
- Estar dado de baja en el régimen obligatorio del Seguro Social, es decir, no tener trabajo remunerado.
- Estar dentro del periodo de la conservación de derechos.
- Tener al menos 500 semanas cotizadas.
- Tener cotizaciones antes del 1 de julio de 1997, para poder elegir la aplicación de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
Para más información de éste y otros temas, visita la sección de Retiro.
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