Atención: condenan a 4 años y 9 meses de prisión al excongresista Nilton Córdoba por sobornar a magistrados de la Corte Suprema

Por el denominado escándalo del ‘Cartel de la Toga’, la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a cuatro años y nueve meses de prisión al exrepresentante a la Cámara, Nilton Córdoba Manyoma por enviar 200 millones de pesos para que los procesos que cursaban en su contra en el alto tribunal fueran archivados.

Córdoba Manyoma fue sentenciado por el delito de cohecho por dar u ofrecer (entrega de sobornos). En la decisión de primera instancia, la Corte le negó al sentenciado la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

“En consecuencia, una vez quede en firme esta determinación, deberá librarse orden de captura en su contra para el cumplimiento de la pena privativa de la libertad que se le impone”, advierte el resuelve de la decisión.

Para la Corte, quedó probado que entre los años 2016 y 2017, en medio de una investigación que se desarrollaba en su contra por parte de la Corte Suprema de Justicia por presuntas irregularidades cuando se desempeñó como alcalde del municipio de Medio Baudó (Chocó), el entonces representante a la Cámara contactó al abogado Luis Gustavo Moreno Rivera.

El jurista, quien trabajaba en una oficina con el expresidente de la Corte, Francisco Javier Ricaurte, se contactó varias veces vía con el entonces magistrado auxiliar Camilo Andrés Ruiz, quien era el encargado del trámite del proceso que se seguía contra Córdoba Manyoma y de la práctica de pruebas. En un intercambio de palabras le ofreció y entregó una suma de dinero para aplazara y reprogramara ilegalmente la práctica de diligencias investigativas, con el fin de dilatar y demorar el proceso en contra de Córdoba Manyoma.

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En la decisión de primera instancia, la Corte le negó al sentenciado la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

“Las pruebas analizadas transmiten la convicción de que el procesado actuó con dolo, es decir, que con conocimiento y voluntad decidió ofrecer y entregar, por intermedio de su abogado Luis Gustavo Moreno Rivera, multimillonarios recursos en efectivo al magistrado auxiliar de la Corte Camilo Andrés Ruiz a cambio de que este de manera ilegal realizara actuaciones contrarias a sus deberes oficiales, dilatando el trámite de los procesos a su cargo contra el parlamentario Córdoba Manyoma”, advierte el fallo.

Por estos graves hechos de corrupción, Córdoba Manyoma fue inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 81 meses y un día. Igualmente, deberá pagar 79,16 salarios mínimos legales mensuales vigentes (90 millones de pesos, aproximadamente).

El pasado 3 de enero, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad de 15 años a la exrepresentante a la Cámara Argenis Velásquez Ramírez, por sus actuaciones ilegales dentro del caso conocido como ‘Cartel de la Toga’.

Velásquez fue representante a la Cámara entre 2014 y 2018, y fue hallada culpable de entregar un soborno de 130 millones de pesos a un funcionario del despacho del magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Gustavo Malo, para ser favorecida en un proceso penal adelantado en su contra.

En fallo de primera instancia, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular estableció que la excongresista le entregó esa suma de dinero al magistrado auxiliar Camilo Andrés Ruíz, a través de su abogado defensor Luis Gustavo Moreno Rivera.

Esto para evitar una eventual captura o un llamado a juicio por la presunta apropiación de 300 millones de pesos cuando se desempeñó como alcaldesa de Orito, Putumayo, entre 2009 y 2010.

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Córdoba Manyoma fue inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 81 meses y un día. Igualmente, deberá pagar 79,16 salarios mínimos legales mensuales vigentes (90 millones de pesos, aproximadamente).

La Procuraduría señaló que Velásquez Ramírez “desplegó actuaciones encaminadas a dar a un servidor público una suma de dinero para obtener beneficios en un proceso penal, lo que permitió establecer en grado de certeza la materialidad de la falta endilgada y la responsabilidad de la procesada”.

En el fallo se agrega que con su actuación demostró “un desprecio total por la administración pública, la ética y la honradez que debe guiar el ejercicio de la función pública, más aún si se trata de una servidora que fue elegida por voto popular, de quien la sociedad espera un comportamiento libre de mácula, transparente y correcto”.

Por estos mismos hechos, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a diez años de cárcel a la exrepresentante a la Cámara, como responsable del delito de concusión continuado.

De acuerdo con el fallo, Velásquez quiso sobornar a la Corte para que se frenara una orden de captura en su contra por haber “constreñido a los funcionarios de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) asignados a su despacho para que, mes a mes, le entregaran a su esposo la mitad del salario devengado por ellos, abusando de su cargo y poder político”.

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