Ni estando a miles de kilómetros se deja de hablar de James Rodríguez en Europa. Este fin de semana se conoció el respaldo del Tribunal Supremo para que la Hacienda española exija un total de 6.6 millones de euros al AS Mónaco de Francia por impuestos no pagados en el fichaje del colombiano al Real Madrid, negocio que se dio hace casi diez años atrás.
Los magistrados rechazaron el recurso del club monegasco y, en una sentencia que se hizo pública, señalan que los traspasos entre un club de fútbol extranjero y uno español cotizan en España porque constituyen una ganancia patrimonial sujeta al impuesto sobre la renta de no residentes.
Este es el mismo argumento que el Tribunal Supremo ya utilizó el pasado mes de marzo para avalar que Hacienda reclamara 2,7 millones al Santos de Brasil por la ganancia patrimonial derivada del traspaso de los derechos federativos del futbolista Neymar Jr al FC Barcelona.
El gobierno español exige que Mónaco pague esta suma como recompensa al beneficio económico que obtuvieron a raíz de los 75 millones de euros que pagó el Real Madrid para fichar a James luego de su fantástica presentación en el Mundial de Brasil 2014.
James Rodríguez con el trofeo de la Champions League
El club de la Ligue 1 había presentado un recurso ante la justicia para evitar dicho pago de impuestos, sin embargo, la apelación fue rechazada y, a menos que encuentren otra solución, no les quedará otra que consignar los 6.6 millones de euros a las cuentas de la Hacienda española.
La sala de lo contencioso-administrativo insiste en que “los derechos económicos derivados de la transmisión de los derechos federativos de un jugador que percibe un club o una entidad deportiva no residente en España por la transferencia de ese jugador a un club o entidad deportiva residente en España constituyen una ganancia patrimonial sujeta al Impuesto sobre la Renta de no Residentes”.
Desde España señalan que no hay duda de la existencia de un derecho transmisible -los denominados ‘derechos federativos’- que tiene un contenido económico y cuya transmisión determina una ganancia patrimonial en el que cede el derecho, que en este caso es el Mónaco.
James llegó al Real Madrid a mediados de 2014 y no se desligó totalmente del conjunto ‘merengue’ hasta el año 2020, cuando salió traspasado al Everton de Inglaterra. Desde entonces su carrera transitó hacia una curva descendente que acabó con la decisión de aceptar la oferta del São Paulo, club con el que juega actualmente a sus 32 años de edad.
James Rodríguez, jugador de Sao Paulo
Nuevo lío por impuestos en España
Cabe aclarar que James Rodríguez y el Real Madrid no tienen ningún tipo de responsabilidad en el caso que estalló el pasado viernes. El futbolista colombiano tiene todos sus documentos en regla en España e incluso cuenta con una propiedad en Madrid a la que acude normalmente cuando tiene vacaciones.
La justicia española hace énfasis en que durante la inscripción del jugador ante la Real Federación Española de Futbol (RFEF), el club que ficha debe aportar -entre otras cosas- un certificado de transferencia internacional cuando el jugador venía prestando servicios en un club de otro país o estado, lo que “refuerza la consideración de que se están traspasando derechos entre clubes y que el pago que efectúa el club español de destino responde al pago de un derecho ejercitable en España que hasta entonces era propiedad del club extranjero de origen”.
El alto tribunal señala que en que resulta concluyente que el objeto de estos contratos no es la indemnización por la extinción anticipada de una relación laboral previa (el contrato de James con Mónaco), sino la transmisión de unos derechos, derechos federativos de un jugador, ejercitables en España mediante la inscripción del jugador en una federación de fútbol reconocida por la Fifa.
*Con información de Europa Press.
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