La reforma laboral de Milei permite a las empresas tener hasta cinco falsos autónomos
El presidente de Argentina, Javier Milei, consiguió el visto y place de la Cámara de Diputados (Cámara Baja) para aplicar parcialmente la conocida popularmente como ‘Ley Ómnibus’ o la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos. El proyecto, que contaba con más de 600 puntos con los que el libertario pretendía “volar la economía argentina para reconstruirla”, se votó parcialmente y se redujo a 300 puntos tras intensas negociaciones luego del intento fallido de votación de febrero.
La reforma laboral de Milei permite a las empresas tener hasta cinco falsos autónomos
Está previsto que esta semana suba al Senado, donde el libertario cuenta con minoría y donde se espera que vuelva a haber complicaciones en el debate, pero el objetivo es que entre en vigor antes del 25 de mayo.
Así, la Cámara de Diputados aprobó los Títulos 4 y 5 de la Ley Bases, en las que se incluye la reforma integral del mercado de trabajo de Argentina. Los puntos fueron aprobados por 140 votos a favor, 111 en contra y una abstención.
Entre las reformas que trae esta ley está la de la incorporación de la figura de los trabajadores “colaboradores”. Esto quiere decir que las empresas pueden incorporar trabajadores “independientes” para llevar adelante un emprendimiento productivo y pueden acogerse a un régimen especial unificado. Los detalles de dicho régimen todavía no se conocen, ya que es el Poder Ejecutivo el que tiene que determinar cuáles son los detalles.
En definitiva, el documento establece que no hay una relación de dependencia entre trabajador y empresa y que, por tanto, podrán prescindir de sus servicios sin necesidad de pagar una indemnización por despido. Al mismo tiempo, tanto el trabajador como el contratante abonarán una cuota mensual a la Seguridad Social en concepto de “obras sociales y riesgos laborales”.
El marco legislativo establece que las empresas solamente podrán tener hasta cinco trabajadores en esta modalidad.
Por hacer una comparativa, en España existe una figura similar conocida como el “falso autónomo”, con el matiz de que la legislación española considera esta figura un “fraude laboral” porque la empresa obliga a darse de alta como autónomo a un trabajador en lugar de contratarlo por cuenta ajena. Sin embargo, en el seno de la empresa, ejerce como trabajador por cuenta ajena, en términos de total dependencia y retribución salarial.
Sin salir del tema del despido, la nueva reforma laboral de Argentina privatizará las indemnizaciones por despido, siendo el empleado el que deba costearlas con su salario.
En concreto, se establece que mediante un acuerdo de modificación de los convenios colectivos, podrá modificarse el sistema de indemnizaciones por despido improcedente por un fondo de cese laboral.
El trabajador haría un aporte mensual durante la relación laboral que mantenga con la empresa y se le devuelve en el momento en el que dicha relación laboral finalice sin causa justificada, es decir, si hay un despido improcedente.
“Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo”, reza el documento.
Al mismo tiempo, en el campo de las indemnizaciones por despido, la reforma laboral de Milei suprime el agravante dentro de la indemnización por despido en el caso de que el trabajador demuestre que ha estado trabajando ‘en negro’, es decir, sin estar dado de alta y con un contrato laboral.
Amnistía laboral
Para compensar la pérdida del agravante por irregularidad en la indemnización por despido, la Ley Ómnibus plantea una amnistía laboral. Esto quiere decir que Milei va a crear un programa para incentivar la regularización de las relaciones laborales a través de una condonación de, al menos, el 70% de las deudas de los empleadores a la Seguridad Social.
Los trabajadores que estén bajo este programa de regulación tienen derecho a computar hasta 60 meses de cotización o la menor cantidad de meses por la que se regularice. La base de cotización se calculará a través del Salario Mínimo Interprofesional, que hoy está fijado en 202.800 pesos argentinos (214,85 euros), aunque se espera que el Gobierno lo actualice próximamente.
En lo que respecta a los permisos por maternidad, la nueva reforma laboral mantiene los 90 días de baja para la persona gestante. Lo que cambia con el DNU es que antes estaba prohibido que trabajasen en los 45 días previos al parto y los 45 días posteriores al alumbramiento, y ahora será decisión de la gestante si quiere trabajar hasta los 10 días previos a que el embarazo salga de cuentas.
Por tanto, el resto de la licencia de maternidad quedaría fijada para el período posterior al parto.
Por otro lado, la nueva ley obliga a que la trabajadora o persona gestante comunique su embarazo a la empresa. Dicha comunicación deberá hacerse acompañada de un certificado médico en el que se refleje la posible fecha fijada para el parto.
En lo referido a los trabajadores que prestan servicios de una empresa a otra, será la segunda empresa la que se encargue de sufragar los gastos de cotizaciones a la Seguridad Social. Al mismo tiempo, la empresa que solicita los servicios de ese trabajador será la responsable de su seguridad, según reza la nueva reforma laboral que va a implantar Argentina.