Moneda de dos euros
El modelo de jubilación parcial está sobre la mesa en la negociación entre Gobierno y agentes sociales. Actualmente, este permite compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación parcial con un trabajo a tiempo parcial en la empresa, siempre que no se aumente la duración de su jornada.
Una pensión de jubilación parcial que es incompatible con otras prestaciones, como las pensiones de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez, la pensión de incapacidad permanente total, y la pensión de jubilación que pudiera corresponder por otra actividad distinta a la realizada en el contrato a tiempo parcial. Su cuantía actual es el resultado de aplicar el porcentaje de reducción de jornada al importe de la pensión que le correspondería, de acuerdo con los años cotizados por el empleado.
Según informa Europa Press, la intención del Ejecutivo pasaría por mejorar las condiciones del relevista, de modo que su base de cotización se eleve hasta el 75% de la base previa del jubilado parcial. En la actualidad, su base no puede ser inferior al 65% del promedio de las bases de cotización correspondientes a los seis últimos meses del período de base reguladora de la pensión de jubilación parcial.
En caso de acceder a esta modalidad de jubilación antes de alcanzar la edad ordinaria, el Gobierno propone que sea de un máximo de dos años, según Europa Press. Otros cambios reseñables son algunos como el hecho de que el jubilado parcial no pueda acumular la jornada, y revisar el periodo mínimo exigido de cotización para la jubilación parcial con contrato de relevo que, a día de hoy, es de 33 años.
Nueva propuesta respecto a la jubilación activa
La intención del departamento liderado por Elma Saiz pasaría por implantar un nuevo marco regulador para compatibilizar esa pensión y el trabajo a tiempo parcial. El marco actual recoge el derecho del trabajador a percibir una cuantía de la pensión compatible con el trabajo que es del 50%. Un porcentaje que, con la propuesta lanzada a sindicatos y patronal, se reduciría al 30% el primer año, y al 40% durante el segundo año de demora.
Dicha cifra subiría al 50% tras tres años, porcentaje actual, mientras que subiría tras cuatro años y alcanzaría el 100% transcurrido un lustro. En el caso de los autónomos que quieran percibir el 100% de la pensión, debería esperar hasta los 70 años para percibir el total de la prestación, es decir, cinco años más, debido al porcentaje creciente de pensión compatible con la actividad que se establecería.
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