Las isapres tendrán que empezar a aplicar muy pronto las rebajas del valor por las Garantías Explícitas en Salud (GES) que ordenó la Corte Suprema en el fallo que en agosto anuló el último incremento del precio GES que hicieron las aseguradoras de salud privadas. Así se desprende de la respuesta negativa que entregó este lunes la Corte Suprema al recurso de aclaración que había ingresado la Superintendencia de Salud el viernes pasado, y que buscaba aplazar hasta por seis meses su entrada en vigencia.
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El impacto en los ingresos operacionales mensuales de la industria al aplicar tal sentencia será una caída promedio de 12,7%, según proyectó el informe que elaboraron los expertos que fueron convocados por la Comisión de Salud del Senado, en el marco de la ley corta de isapres que ingresó el gobierno para poner en marcha el fallo de la Corte Suprema sobre tabla de factores.
Dicho informe profundizó respecto de cuáles serían las isapres que sentirían un mayor golpe en sus ingresos producto del fallo GES de agosto, lo cual va de la mano también con las isapres que en octubre del año pasado anunciaron un mayor incremento del precio GES. Allí se señala que Consalud es la que vería una mayor baja de ingresos, equivalente a 25,8% mensual. Le sigue Nueva Masvida, con 17,7%. Luego se posiciona Cruz Blanca, con una baja mensual de 14,8%. A continuación Banmédica, con una reducción mensual de 8,4%, y Vida Tres, con una disminución de 6,5%. Por último, Colmena, con un recorte de 5,3% de sus ingresos.
La semana pasada el presidente de la Asociación de Isapres, Gonzalo Arriagada, advirtió que de aplicarse el fallo GES, en tres meses dichas entidades privadas ya no podrán mantener las coberturas de sus afiliados. Esto ocurriría, según comentan fuentes de la industria, porque al registrarse esa disminución de ingresos, dentro de unos pocos meses empezarían a incumplir los indicadores legales, lo que significaría, de no existir un aporte de capital de los controladores, la eventual quiebra de alguna isapre.
Ley corta de isapres: Consalud tendría que hacer la mayor alza del precio base de los planes según el informe de los técnicos.
El informe de los técnicos también advirtió sobre ese asunto. Al respecto recordaron que las isapres deben cumplir una serie de estándares legales de liquidez, patrimonio y garantía, y detallaron que “si bien las últimas cifras reflejan su cumplimiento por parte de las isapres, todos los indicadores reflejan un margen estrecho. Esto sin considerar aún el impacto de los recientes fallos de la Corte Suprema en los resultados financieros del sistema. En el caso del indicador de liquidez (0,8 veces), las isapres abiertas cumplieron, al 30 de junio de 2023, pero este indicador refleja una estrecha capacidad de las entidades para poder responder a sus compromisos de corto plazo. Asimismo, las isapres abiertas cumplieron, al 30 de junio de 2023, con el estándar legal de patrimonio (0,3 veces), sin embargo, se observa que Banmédica se mantiene al límite del cumplimiento del indicador en los dos últimos periodos. Finalmente, respecto al indicador de garantía, las isapres abiertas cumplieron, al 21 de agosto de 2023, con la constitución de la garantía mínima exigida, al cubrir las obligaciones con beneficiarios y prestadores de salud (M$676.010.043) con una garantía de M$692.502.559″.
El informe de los técnicos resaltó “el sentido de urgencia con que deben adoptarse las medidas necesarias para evitar un colapso financiero del sistema privado de salud y sus implicancias en el sistema en su conjunto. En este sentido, se requiere máxima prioridad para la tramitación legislativa de las medidas requeridas que, de no implementarse oportunamente, llevarán a que el sistema de isapres se enfrente a un escenario próximo de insolvencia con impactos sistémicos. A mayor abundamiento, la comisión sugiere que la ley corta sea legislada con discusión inmediata. Lo anterior en virtud de que la implementación prospectiva del fallo GES, podría llevar al incumplimiento de dichos indicadores en el corto plazo”.
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