Por tortura psicológica a la periodista Claudia Julieta Duque, condenan a exsubdirector del DAS
Claudia Julieta Duque
Delitos
Por tortura psicológica a la periodista Claudia Julieta Duque, condenan a exsubdirector del DAS
Emiro Rojas deberá pagar 14 años de cárcel, también se condenó a un exagente del DAS. Presidente tendrá que pedirle perdón a la víctima.
María Isabel Ortiz Fonnegra
Este martes el Juzgado Décimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá condenó al exsubdirector del DAS, Emiro Rojas Granados, y al exagente Néstor Javier Pachón Bermúdez por seguimientos y hostigamientos ilegales, que se configuraron en tortura agravada, a la periodista Claudia Juelita Duque Orrego. Según el fallo, de 226 páginas, a propósito de las investigaciones que realizó la periodista sobre el asesinato de Jaime Garzón Forero, revelando la presunta participación del DAS en este crimen, ella y su familia fueron víctimas de persecución y constantes amenazas por parte del DAS.
También denunció que fue víctima de ataques como un secuestro, un hurto, amenazas, seguimientos y hostigamientos, tanto así que en 2001 tuvo que exiliarse y tras volver a Colombia, en agosto de 2002, siguió siendo víctima de ataques, amenazas y hostigamientos ligados a su ejercicio periodístico. Tras analizar los hechos y los hallazgos de la investigación, el juzgado encontró probado que el exsubdirector del DAS era responsable de los delitos de tortura agravada continuada y concierto para delinquir, por lo cual lo condenó a 174 meses de cárcel, que se traducen en 14,5 años de cárcel. También fue condenado a una multa de 4.200 salarios mínimos mensuales, a una inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas por el mismo tiempo de la condena. Por su parte, el despacho condenó al antiguo agente del DAS Pachón Bermúdez a 150 meses de cárcel, que son 12,5 años, por el delito de tortura agravada continuada. El exagente también fue sentenciado a una multa de 1.500 salario mínimos y a una inhabilidad por el mismo tiempo de su condena.
Los detalles de la sentencia
Aparte de la condena a exsubdirector del DAS por caso de Claudia Julieta Duque. Captura de la sentencia
Según se lee en la sentencia, proferida este 30 de abril, quedó demostrado que Emiro Rojas Granados, por su posición jerárquica, tenía conocimiento de actividades de inteligencia ilegal que se desplegaron contra Duque. Pero no solo eso, sino que se indica que el exdirectivo usó, con conocimiento y a voluntad, medios institucionales del organismo de seguridad para realizar actividades ilegales para favorecer a terceros, “y al comenzar una periodista una investigación independiente sobre un homicidio de connotación nacional como fue el de Jaime Garzón, se dispuso por algunos funcionarios del DAS, no solo de la subdirección de inteligencia y contrainteligencia y sus grupos, sino por altos directivos del nivel central y seccional, entre los cuales está Emiro Rojas Granados, a ejercer en su contra seguimientos, interceptaciones sin orden judicial, hostigamientos y amenazas con el propósito que dejara de investigar, pero como esta profesional de la comunicación, continuo su labor y no cedió ante esta presiones, arreciaron estos ataques”.
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En ese sentido, y tras analizar múltiples pruebas y testimonios, el juzgado indicó que “está demostrado que Emiro Rojas Granados en razón de los cargos desempeñados fue promotor del delito de concierto para delinquir agravado, por el que fue acusado como director de la seccional Antioquia, subdirector general y director general del DAS, en virtud de los cuales cumplía funciones relacionadas con la inteligencia, por lo que la sociedad espera de una persona con esas características mayor respeto por los derechos y garantías fundamentales de los ciudadanos. Por todo lo anterior encuentra este despacho forzoso emitir sentencia de carácter condenatorio”. Frente a los hechos que denunciaron Duque y el vicepresidente de la Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (Cajar), que es el abogado Reinaldo Villalba, ocurridos desde el 23 de julio de 2001 hasta el 18 de diciembre de 2004, el juzgado indica que “constituyen la conducta punible de tortura agravada, la cual lesiono el bien jurídico tutelado por el legislador, esto es, la libertad individual, pues la periodista Duque Orrego a través de las amenazas, hostigamientos y seguimientos sufrió daños psíquicos que afectaron su personalidad y su proyecto de vida, fue tal su intimidación que en diferentes oportunidades abandono el país y se exilió con el fin de proteger su vida y la de su hija menor de edad, también objeto de estos reprochables actos”.
El Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) fue liquidado por las ‘chuzadas’ ilegales. Martín García. Archivo EL TIEMPO
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En la condena se confirma que la comunicadora fue víctima de actos secuenciales y sistemáticos que atentaban contra su autonomía individual y dignidad humana, como lo fueron persecuciones, seguimientos en motos o carros, intimidaciones telefónicas y vigilancias ilegales en los sitios donde tenía fijadas sus residencias, “actos que sin dubitación alguna le ocasionaron momentos de pánico, zozobra, angustia, ansiedad, depresión, debidamente valorados y diagnosticados por profesionales en psiquiatría forense. Actos irregulares que, además exteriorizaron inminencias graves contra su vida y la de su menor hija, razón que la obligo a salir del país en dos ocasiones, a fin de salvaguardar sus integridades físicas”. Sobre la responsabilidad del exagente Pachón se lee que para la época de los hechos él se desempeñaba como detective profesional del DAS y estaba asignado a la Dirección General de Inteligencia, Subdirección de Operaciones- Grupo de verificación y difusión, “cuyo blanco de inteligencia asignado era antisubversivo, y el colectivo de abogados José Alvear Restrepo junto con sus miembros entre los que se encontraba la víctima eran tildados de pertenecer a la subversión”.
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