¡No solo adultos mayores y personas con discapacidad! Bienestar tiene pensión para madres solteras
A la fecha, suman millones de beneficiarios de los diferentes programas sociales federales de la Secretaría de Bienestar, siendo el más popular de ellos la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, pero no es el único.
Bajo este entendido, uno de los programas sociales que pone a disposición la Secretaría de Bienestar es el Programa para el Bienestar de Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras, mismo que, como su nombre lo indica, va dirigido a las mujeres jefas del hogar.
Con todo, cabe destacar, el propósito principal del Programa para el Bienestar de Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras es el mejoramiento de las condiciones de vida de menores de edad que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, ello derivado de la ausencia temporal o permanente de uno o de ambos padres.
Requisitos y criterios
Bajo este contexto, de acuerdo a la página web oficial de los Programas para el Bienestar, los criterios y requisitos para ser beneficiario del Programa para el Bienestar de Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras son los siguientes:
*Ser madre, padre solo o tutor de una niña o niño que aún no haya cumplido 4 años de edad.
*Que la madre, padre o tutor esté trabajando, buscando empleo o estudiando y no cuenten con el servicio de cuidado y atención infantil.
¡No solo adultos mayores y personas con discapacidad! Bienestar tiene pensión para madres solteras/Foto: Banco del Bienestar
*Acta de nacimiento en original y copia del niño o la niña, así como de la madre, padre solo o tutor.
*Clave Única de Registro de Población (CURP) en original y copia del niño o niña, así como de la madre, padre solo o tutor.
*Identificación oficial vigente en original y copia de la madre, padre solo o tutor (en caso de ser menor de edad se puede presentar pasaporte o acta de nacimiento).
*Comprobante de domicilio (agua, luz, teléfono, predial o constancia de residencia) en original y copia.
*Escrito libre bajo protesta de decir verdad en donde se señale si trabaja, busca trabajo o si está estudiando. En caso de estar estudiando, se deberá presentar una constancia de estudios emitida por la institución.
*Cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE, las cuales podrán tramitarse e imprimirse desde el portal de internet correspondiente a cada institución (se excluye de este requisito a los tutores).
¡No solo adultos mayores y personas con discapacidad! Bienestar tiene pensión para madres solteras/Foto: Banco del Bienestar
*En el caso de las niñas y niños con discapacidad, cuando ésta no sea visible para el personal de apoyo de la Secretaría se requerirá certificado médico original emitido por alguna institución pública del sector salud o por médico con cédula profesional, especialista en el tipo de discapacidad.
*Para el caso de hijas e hijos en situación de orfandad materna que sean menores de edad se requiere de una persona que funja como responsable para realizar el trámite que, además, firmará una carta responsiva en formato libre en donde asumirá el compromiso de hacer uso del recurso para los fines del programa. Si el o la beneficiaria es mayor de edad y menor de 24 años, se podrá realizar el trámite de manera individual.
*En caso de que el beneficiario esté en situación de orfandad materna, se deberá comprobar el fallecimiento de la madre a través de un acta de defunción o de presunción de muerte no mayor a tres meses de antigüedad.
Bajo este tenor, cabe tener presente que este programa social tiene dos modalidades, y son las siguientes:
*Niñas y niños recién nacidos y hasta los 4 años: 1,600 pesos bimestrales.
*Niñas y niños con discapacidad recién nacidos y hasta los 6 años: 3,600 pesos bimestrales.