Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años que llegarán el 1 de junio de 2024

los cambios del sepe en el subsidio para mayores de 52 años que llegarán el 1 de junio de 2024

Un logo del SEPE de la oficina de empleo del SEPE del Barrio del Pilar, a 2 de abril de 2024, en Madrid (España). El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo bajó en 33.405 personas en marzo en relación al mes anterior, lo que supone un descenso del 1,2% en términos porcentuales, según datos publicados este martes por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. Asimismo, la Seguridad Social ganó una media de 193.585 cotizantes en marzo respecto al mes anterior (+0,9%), su segunda mayor alza en este mes de toda la serie histórica. 02 ABRIL 2024;MADRID;OFICINA DE EMPLEO;PARO Jesús Hellín / Europa Press 01/04/2024

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha comunicado cambios para el subsidio de desempleo para mayores de 52 años. Esta ayuda es una de las más requeridas en España, y las modificaciones entrarán en vigor el próximo 1 de junio de 2024. En este sentido, aquellas personas mayores de 52 años que se encuentren en paro pueden solicitar dicha ayuda para percibir una ayuda económica con el fin de cubrir sus necesidades económicas básicas.

De esta forma, el SEPE ha informado que, a partir de la fecha ya nombrada, las cuantías serán del 95% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, desde esa misma fecha aquellas personas que deseen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán como se reducen las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas durante los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Nuevas cotizaciones por jubilación del SEPE

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio.

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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