Ley de Acoso Laboral: Las 18 conductas que serán delito en el trabajo
Ley de Acoso Laboral: Las 18 conductas que serán delito en el trabajo
A partir del 1 de agosto del 2024, comenzará a regir la nueva Ley de Acoso Laboral o Ley Karin, que modifica el Código del Trabajo para prevenir el hostigamiento y cualquier tipo de agresión en el trabajo.
Cabe destacar que la antigua ley, promulgada en 2012, entendía al acoso laboral como “toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores”.
Sin embargo, la nueva ley establece que las agresiones pueden ocurrir sólo una vez para ser constituidas como un delito y ser investigadas; y que no sólo puede ocurrir en la relación entre jefe y subordinado, sino que también se puede dar entre compañeros de trabajo.
En conversación con La Tercera, el académico de Derecho de la Universidad de la Serena y experto en violencia de género derecho laboral, Germán Solís, indicó que las siguientes conductas pueden ser consideradas como acoso laboral:
- El superior restringe a un subordinado las posibilidades de hablar.
- Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.
- Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.
- Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.
- Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
- Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
- No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o asignarle tareas muy por debajo de sus capacidades.
- Asignar tareas degradantes a un trabajador.
- Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
- Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con ella o no dirigirle la palabra.
- Tratar a un trabajador como si no existiera.
- Criticar constantemente la vida privada de un trabajador.
- Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.
- Hacer parecer estúpido a un trabajador.
- Dar a entender que un trabajador tiene problemas psicológicos.
- Mofarse de las discapacidades de un trabajador.
- Imitar con burla los gestos y voces de un trabajador.
- Mofarse de la vida privada de un trabajador.