Ley 73 del IMSS: ¿Cuánto dinero mínimo debo tener en mi Afore?
Ley 73 del IMSS: ¿Cuánto dinero mínimo debo tener en mi Afore?. Foto: Freepik
México cuenta con dos leyes para que los trabajadores puedan pensionarse, una es la Ley 73 del IMSS (quienes fueron dados de alta antes del 1 de julio de 1997) y Ley 97 del IMSS (quienes fueron dados de alta después del 1 de julio del mismo año), en el caso de la primera te interesará conocer: Ley 73 del IMSS: ¿Cuánto dinero mínimo debo tener en mi Afore?
Al momento que el trabajador cumple 65 años puede empezar con el trámite de la pensión en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación (de 8:00 a 15:00 horas), por lo que, dos de los factores que se revisarán son la vigencia de derechos y el número mínimo de semanas cotizadas, no tanto lo acumulado en la Afore.
Ley 73 del IMSS: ¿Cuánto dinero mínimo debo tener en mi Afore?
El dinero acumulado en la Afore es importante, pero para tener una resolución de pensión positiva se debe contar con mínimo 500 semanas cotizadas en el IMSS; estar vigente de derechos (25% de las semanas cotizadas); haberse dado de baja en el IMSS; tener 60 años para la pensión de Cesantía y Edad Avanzada y 65 años para la pensión por vejez.
Estas dos pensiones se entregan por medio de una renta vitalicia, que es definida por el IMSS como “el contrato por el cual la aseguradora a cambio de recibir los recursos acumulados en la cuenta individual se obliga a pagar periódicamente una pensión durante la vida del pensionado”. Quienes no lleguen a la cantidad para esta modalidad pueden acceder a la Pensión Garantizada que en 2024 es de $8,400.
¿Cuáles son los documentos que se necesitan?
- Identificación oficial
- Estado de cuenta de tu AFORE, si no lo tienes puedes solicitarlo a tu AFORE
- Estado de cuenta de tu banco con CLABE
- Resolución de pensión proporcionada por el IMSS
¿Cuál es el porcentaje de la pensión según la edad?
Tabla de Porcentaje de Pensión de Vejez
Edad | Porcentaje de una Pensión de Vejez |
---|---|
60 años | 75% |
61 años | 80% |
62 años | 85% |
63 años | 90% |
64 años | 95% |
64 años, 6 meses y 1 día | 100% |
¿Se puede hacer el trámite en Mi Pensión Digital?
Los interesados deberán de presentar estos datos al momento de entrar a la aplicación: Clave Única de Registro de Población (CURP); Número de Seguridad Social (NSS); correo electrónico y clave bancaria estandarizada (CLABE); lo que se podrá hacer es:
- Conocer y validar datos personales del titular y de los beneficiarios registrados ante el IMSS.
- Conocer y validar los datos afiliatorios como las semanas cotizadas reconocidas, salario base de cotización, importe susceptible de retiro de los recursos de la cuenta individual.
Al igual se podrán hacer cálculos estimativos en la Ley 97 IMSS y Ley 73 IMSS.
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