Al igual que los propietarios de pisos en alquiler deben declarar por las rentas, los inquilinos que perciben ayudas públicas para sufragar las cuotas de arrendamiento de su vivienda o habitación están obligados en la mayoría de casos a presentar la declaración de la renta y tributar por las cantidades percibidas por este concepto.
Los importes de este tipo de subvenciones se consideran una ganancia patrimonial, ya que no son ni un rendimiento del trabajo ni tampoco una ganancia derivada de una actividad económica. Deben incluirse, por tanto, en el epígrafe F1 (“Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales”) de la declaración en la casilla 0303.
Una persona joven consultando el borrador de la renta 2023
Entre estas subvenciones se encuentra el Bono de Alquiler Joven, que se concede a las personas jóvenes de hasta 35 años con el objetivo de facilitar su emancipación. Esta prestación es compatible con la del programa de ayuda a los jóvenes y para contribuir al reto demográfico, que se otorga a las personas con escasos medios económicos para que puedan acceder a una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión en uso.
Según explica Francisco Serantes, coordinador del Grupo de Expertos en IRPF, estas ayudas deben declararse como ganancias de patrimonio en la base general, lo que significa que “están sometidas a la progresividad máxima del impuesto”, que puede llegar hasta el 54%, dependiendo de la comunidad en la que se resida. En la base general se incluyen, entre otros, los rendimientos del trabajo, así como del capital inmobiliario y mobiliario. En contraste, el tramo máximo de la base imponible del ahorro llega hasta el 28%, por lo que es más ventajoso.
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Otra duda que puede surgir es en qué ejercicio hay que tributar estas subvenciones. Según la normativa vigente del IRPF, las ayudas públicas se imputarán al periodo impositivo en el que tenga lugar su cobro.
A pesar de que el contribuyente no supere los ingresos mínimos que obligan por regla general a presentar la declaración, el hecho de percibir una subvención pública rebaja este umbral a los 1.000 euros anuales. A partir de esta cifra, el beneficiario de la ayuda deberá pasar cuentas con la Agencia Tributaria pese a no haber cobrado rendimientos del trabajo iguales o superiores a 22.000 euros o 15.000 euros cuando proceden de más de un pagador y la suma del conjunto de pagadores no excede de 1.500 euros.
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