Estos son los únicos casos en que pueden inmovilizar su moto
Conozca las infracciones que, según el Código Nacional de Tránsito, pueden llevar a que un agente llame la grúa y traslade su vehículo a los patios.
Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas, ocasionará la inmovilización de su moto. / Imagen de referencia – Óscar Pérez
La inmovilización de un vehículo y su consecuente traslado a los patios es una situación de pesadilla para muchos colombianos. Los costosos y engorrosos trámites para sacar una moto de esta suerte de “cementerio” automotriz disuaden a los conductores, quienes deben estar al tanto de las conductas e infracciones que pueden llevar a este temido escenario.
En primer lugar, el Código Nacional de Tránsito define a la mencionada inmovilización como la suspensión temporal de la circulación de un vehículo por las vías del país. “Para tal efecto el vehículo será conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen (…)”, como se indica en el inciso primero del artículo 125 del Código.
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Desde la óptica de las autoridades, ¿cuáles son esas causas que pueden derivar en la inmovilización? Le contamos.
Evite que se lleven su moto
El Código Nacional de Tránsito establece ciertas conductas graves que pueden llevar a la inmovilización de su moto.
Por ejemplo, si es sorprendido por las autoridades circulando sin licencia de conducción (conducta identificada con el código B01), transitando por sitios no permitidos o conducir sin el seguro obligatorio SOAT o no tenerlo vigente.
Para los usuarios de motos, estos deben prestar especial atención en no transitar en sentido contrario al estipulado a la vía, calzada o carril (D3); no detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “pare” o un semáforo intermitente en rojo (D4); conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados (D5).
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Una de las disputas más frecuentes entre agentes de tránsito y conductores es sobre los adelantamientos en la vía. Tenga en cuenta que algunas de estas maniobras pueden causar la inmovilización de su moto.
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, adelantar otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique (D6) ocasionará la inmovilización del vehículo.
Y, por más obvio que se lea, conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas, ocasionará la inmovilización de su moto.
Finalmente, la norma colombiana precisa algunas condiciones físicas que debe tener su moto para no ser inmovilizada. A saber: sin placas o sin el permiso vigente expedido por la autoridad de tránsito, transitar con placas adulteradas o con una sola placa.
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