Esta medida está planteada para que hasta 50.000 familias y jóvenes puedan acceder a vivienda.
La Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha avanzado en los micrófonos de la Cadena SER que los avales ICO estarán disponibles en las entidades financieras que soliciten operar en esta línea a partir de este mes de mayo. Estos avales están destinados a cubrir el 20% del préstamo hipotecario para jóvenes menores de 35 años y familias con menores a su cargo.
La medida es uno de los instrumentos que desde el Ministerio de Vivienda, el Ejecutivo tiene previsto implementar para promover el acceso a la vivienda. Isabel Rodríguez ha confirmado que “las grandes entidades financieras” en España han expresado al Ministerio de Vivienda su interés por sumarse a esta política y “mejorar incluso sus productos hipotecarios aprovechando este aval”. Se estima que esta medida facilite el acceso a una hipoteca a más de 50.000 personas.
Requisitos para solicitar el aval ICO
Para poder acceder a los avales de la línea 2.500 millones de euros para la compra de la primera vivienda, es necesario cumplir una serie de requisitos más allá de ser menor de 35 años y de ser una familia con menores a cargo. A continuación, listamos todos los condicionantes para poder acceder a estas ayudas:
- Esta línea está dirigida a personas físicas y que sean mayores de edad, con residencia legal en España, debiendo acreditarla de manera continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo.
- El límite de patrimonio del avalado será máximo de 100.000 euros.
- Los ingresos de la persona que adquiere la vivienda no pueden superar los 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos personas, el límite de ingresos se elevará al doble. Es decir, los ingresos de los dos adquirientes no podrán superar en conjunto, la suma del límite establecido para cada uno. La medida cuenta con factores de mejora en función del número de hijos y de si familia es monoparental. Así, el límite se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo y, además, en el caso de familia monoparental se podrá incrementar en un 70% adicional.
- No podrán acogerse a esta línea de avales quienes ya sean propietarios de otra vivienda con anterioridad, independientemente de la forma de adquisición de esta. No obstante, con excepción a lo anterior, sí podrán acogerse quienes cumpliendo los requisitos concurran en algunas de estas circunstancias: (1) Cuando el derecho de propiedad recaiga sobre una parte alícuota de la vivienda y esta se haya obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento. (2) Para aquellas personas que, siendo titulares de una vivienda, acrediten su no disponibilidad por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad de su titular o de las personas que formen parte de su unidad de convivencia.
- El aval se podrá mantener dentro de los límites establecidos en el convenio siempre que sea la vivienda habitual del beneficiario/a, con la excepción de las circunstancias mencionadas anteriormente que puedan exigir el cambio de vivienda.
¿Cuáles son los plazos para solicitar el aval ICO?
- El plazo del aval otorgado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana a la entidad financiera y gestionado por el ICO será de un máximo de 10 años desde que se formalice la operación, con independencia de la amortización del préstamo.
- Durante este plazo, la vivienda deberá ser la residencia habitual de la persona avalada y su arrendamiento estará limitado a que concurran circunstancias que exijan el cambio de vivienda, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral u obtención de un empleo más ventajoso, entre otras análogas.
- El plazo para formalizar los préstamos que se acojan a esta línea de avales finalizará el 31 de diciembre de 2025.
- En todo caso, el propio convenio recogerá que este plazo podrá ampliarse dos años más.
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